Antes del lunes 4 de Diciembre de 2.017 todos los edificios construidos antes del 4 de diciembre de 2.010 deberán ser accesibles por todas las personas o, al menos, reunir unas condiciones básicas razonables.
Desde el año 2.010, la accesibilidad es exigible a nivel estatal a todo edificio de nueva construcción. Dada la reciente crisis del ladrillo, la inmensa mayoría de edificios son anteriores a dicha fecha y se han construido sin seguir unas condiciones mínimas de accesibilidad.
Esta exigencia está marcada por dos normativas concretas:
- Código técnico de la Edificación (RD 173/2010)
- Ley General de los derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social (Disposición adicional tercera del RDL 1/2.013)
A nivel global se ha tendido a diseñar los edificios enfocándose en su estética. En cuanto a la funcionalidad, se ha enfocado a una parte mayoritaria de la población, pero no en la totalidad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario